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jueves, 9 de febrero de 2012

Seguro de enfermedad amparado por BPS

Brevemente describiré que debe realizar un trabajador cuando se encuentra enfermo.
Si bien en la actualidad el trámite se ha simplificado significativamente para el trabajador gracias al "Nuevo Sistema de Certificación Laboral", en la mayoría de las veces presenta dudas que llevan a que el trabajador vea demorado el cobro del seguro amparado por el Banco de Previsión Social, por falta de conocimiento en como proseguir o iniciar el trámite.
El nuevo sistema beneficia al trabajador, ya que no es más necesario que éste concurra a las oficinas del BPS para realizar la certificación.
Actualmente si el trabajador está afiliado a una Mutualista que esté dentro del nuevo sistema, el médico tratante deberá entregarle la certificación y la misma Mutualista ingresará los datos de la certificación, generando automáticamente la solicitud de Subsidio por Enfermedad.
Es responsabilidad del trabajador informar a la empresa donde trabaja que se ha certificado por enfermedad.
La empresa deberá informar una serie de datos (último día trabajado, remuneración actual, etc.) para completar el trámite. En caso que la empresa no informe éstos datos el tramite estará en estado pendiente hasta tanto no se complete la información solicitada por el Nuevo Sistema de Certificación Laboral.
Pasadas las 48 horas de la certificación y habiendo el trabajador informado a la empresa de la situación, deberá comunicarse telefónicamente con el BPS (teléfomo 1997) a fin de elegir o confirmar el lugar de cobro del seguro.

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